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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES PARA EL EJERCICIO 2025
Participación y relación con la ciudadanía
EDICTO
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL QUE PRESENTA LA ALCALDESA - PRESIDENTA, SOBRE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES PARA EL EJERCICIO 2025, POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, A TRAVÉS DE LA DELEGACIÓN DE JUVENTUD, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA.
Visto el informe-propuesta emitido por la Comisión Técnica de Valoración de Subvenciones, constituida al amparo de Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones Juveniles en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2025 (B.O.P. nº 85 de fecha 7 de mayo de 2025), cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el que se valoran individualmente cada una de las 4 solicitudes de subvención presentadas por las distintas asociaciones, y se comprueban si reúnen los requisitos exigidos en la Convocatoria y en la Ordenanza Municipal General Reguladora de la Concesión de Subvenciones reguladas por Ley 38/2003.
Efectuada la valoración de las solicitudes, la Comisión ha emitido informe concretando los resultados de la misma, formulándose por el órgano instructor una propuesta de resolución provisional para su publicación en la página web del Ayuntamiento y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Marbella, concediéndose un plazo de 5 días hábiles para presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo se cumplimentará el procedimiento establecido en el art. 16 de la Ordenanza de Subvenciones, así como en el punto Decimosegundo de la presente convocatoria.
Ejecutados los trámites expuestos, la Alcaldesa - Presidenta que suscribe, PROPONE:
PRIMERO.- ESTABLECER los importes a conceder a los proyectos presentados por cada Asociación, atendiendo a la puntuación obtenida de conformidad a los criterios de valoración determinados en la cláusula 12ª de la presente convocatoria, y los porcentajes que para su cálculo se recogen en su cláusula 5ª y que son los siguientes;
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PUNTOS |
SUBVENCIÓN |
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DE 10 A 19 |
60% DE LO SOLICITADO |
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DE 20 A 29 |
80% DE LO SOLICITADO |
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DE 30 A 40 |
100% DE LO SOLICITADO |
Teniendo en cuenta que:
- la dotación presupuestaria asignada a la presente convocatoria para el año 2025, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente a la Delegación de Juventud: nº 6030-3370-48901 “Subvenciones a organismos sin ánimo de lucro”, asciende al importe de 14.000,00 euros, que el importe máximo de solicitud establecido en la convocatoria es de 4.500,00 euros.
- y que conforme determina la cláusula 5ª de la convocatoria, el importe total a subvencionar por la totalidad de los conceptos subvencionables (actividades proyectadas y gastos de funcionamiento y mantenimiento) que integren cada proyecto, no podrá superar los 4.500,00€. Las entidades beneficiarias deberán aportar y acreditar una cofinanciación mínima del 30% para la ejecución de la totalidad del proyecto presentado, excepto para los proyectos de hasta 3.500,00 €, que no requerirán dicha cofinanciación del proyecto.
Y advirtiendo que la subvención destinada a un concepto concreto, en ningún caso podrá ser aplicada a otro.
SEGUNDO.- PROPONER la concesión de subvenciones a las Asociaciones que a continuación se relacionan, y por el importe que corresponde de acuerdo con la puntuación obtenida, tras la valoración efectuada de los Proyectos presentados, por cada una de ellas;
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Nº EXP. GESTIONA |
ENTIDAD |
CIF |
ACTIVIDADES |
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO |
PUNTOS BAREMO |
TOTAL SUBV. PROPUESTA |
|
291325/25 |
Asociación Juvenil La Cantera Salesiana |
***9533** |
3.500,00€ |
0,00€ |
32 |
(100%) 3.500,00€ |
|
Asociación Juvenil Virgen de la Amargura |
***2712** |
3.060,00€ |
300,00€ |
25 |
(80%) 2.688,00€ |
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Asociación Juvenil Enclave Joven San Pedro |
***7814** |
3.500,00€ |
0,00€ |
27 |
(80%) 2.800,00€ |
|
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Asociación Juvenil Marbella es Más |
***7073** |
3.100,00 |
400,00€ |
19 |
(60%) 2.100,00€ |
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TOTAL |
11.088,00€ |
TERCERO.- NOTIFICAR en su caso, la propuesta provisional de concesión de subvenciones a las asociaciones mediante su inserción en la página web y siempre en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Marbella.
CUARTO.- EXPONER la presente Propuesta en el Tablón de Anuncios e insertar en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, concediéndose un plazo de cinco días hábiles, para presentar alegaciones.
Marbella, a fecha de firma electrónica.
LA ALCALDESA – PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA